Blog de la Agrupación Socialista de Astrabudua.
lunes, 11 de marzo de 2013
Homenaje a Ramón Rubial
No está de más pedir disculpas de vez en cuando
viernes, 4 de enero de 2013
Datos del paro del primer año de Rajoy
El Servicio Público de Empleo hace dos días sacó las cifras correspondientes al mes de diciembre, el paro registrado en 2012 se sitúa en 4.848.723. Es decir el 2012 cierra con 426.364 parados más, frente a los 322.286 parados más respecto al año anterior con que se cerró 2011. Esto es, un 9´64% más que el año anterior. Lo más impactante de los datos del paro de 2012, son los datos de afiliaciones a la Seguridad Social que indican la cantidad de empleo (por cuenta ajena y autónomos) destruido, y es que las afiliaciones a la Seguridad Social
cayeron hasta las 787.240 afiliaciones menos superando el doble de la caída de afiliaciones de 2011.
Ante estas declaraciones del ministro, es necesario decir varias cosas para dejar las cosas claras y que los ciudadanos tengan una información objetiva y no sesgada. En este sentido hay que decir que la campaña navideña ha ayudado a bajar las cifras de paro sobre todo en el sector servicios.
Por otra parte, aún teniendo en cuenta que la caída de los cuidadores de
dependientes ha sido de 63.440 afiliaciones, el dato de destrucción
de empleo es peor que el de diciembre del año pasado.
En cualqueir caso, el buen dato de la bajada de paro en diciembre no debe engañarnos
ni engañar a nadie, porque el dato global de 2012 es malísimo, con
un incremento de más del 9%. Esta última cifra pone de manifiesto la necesidad de que el Gobierno de Rajoy cambie de política económica y ponga en
marcha programas de crecimiento y empleo.
Por otra parte, a diferencia de lo que ocurría anteriormente, el PSOE se alegra de
los últimos datos de creación de empleo, como no podría ser menos. Pero esto no quiere decir que pensemos desde el PSOE que la reforma laboral del Gobierno está generando más despidos en esta crisis económica, con el agravante de que los
desempleados tienen menos cobertura por parte de los poderes públicos merced a los recortes del Ejecutivo de Rajoy.
Por eso hay que evitar los espejismos que tienen algunos y que nos quieren hacer ver y a exigir al Gobierno que de protección a las personas que pierden el empleo y se quedan sin prestaciones. Por eso el PSOE reclama al Gobierno que renueve de verdad el plan "Prepara", que concede prestaciones a los parados que las han
perdido, porque la última vez, en verano, lo que hizo el Ejecutivo
fue recortarlo y por eso el PSOE votó en contra.
jueves, 3 de enero de 2013
JSE-Egaz denuncia la desproporcionada reacción del Ejército Marroquí contra los representantes políticos juveniles españoles
JSE-Egaz denuncia la desproporcionada reacción del Ejército Marroquí, con tiros al aire, contra representantes políticos juveniles españoles, entre los que se incluyen dos militantes de nuestra organización.
Desde Juventudes Socialistas condenamos los hechos, exigimos a Marruecos que pida disculpas y anunciamos que elaboraremos una estrategia que de paso a nuevas acciones políticas en España, que ayuden al pueblo saharaui a solucionar su conflicto político. Por su interés, reproducimos la nota de prensa que la organizadora del viaje envió desde el propio Sáhara.
Jóvenes de organizaciones políticas observan disparos desde el Muro Marroquí
El pasado 31 de diciembre, 13 jóvenes representantes de organizaciones políticas, se reunieron con la Plataforma Gritos Contra el Muro Marroquí. Esta plataforma está formada por jóvenes saharauis que se encuentran acampados a pocos metro del denominado Muro de la Vergüenza, que separa los territorios ocupados por Marruecos en el Sáhara Occidental de los territorios liberados. Esta acción no solamente pretende ser un espacio de debate sobre el conflicto político que oprime al pueblo saharaui, sino también busca nuevas formas de denuncia para avanzar en la solución del conflicto político, económico y legal. La acción consistió en una marcha hacia el muro deteniéndose a pocos metros del mismo, hecho que provocó que el Ejército Marroquí respondiera efectuando varios disparos, una reacción totalmente desmesurada en comparación con el carácter pacífico de la protesta. Las proximidades del muro son terrenos minados, minas procedentes de países de Occidente, que han causado en más de una ocasión heridos en a población civil. La juventud saharaui allí presente ha denunciado la dramática situación que se vive no solamente en los campos de refugiados sino especialmente en la zona de territorios ocupados donde la censura del Gobierno Marroquí es total y absoluta, impidiendo conocer las sistemáticas violaciones de Derechos Humanos. La tortura y las desapariciones conforman el día a día de la población saharaui que reside y resiste en el territorio ocupado bajo el silencio cómplice de la Comunidad Internacional.domingo, 9 de diciembre de 2012
Espíritu del 30 aniversario
lunes, 3 de diciembre de 2012
La últimas desmedidas de Rajoy
Y es que Rajoy ha tomado 3 decisioens de un gobierno muy de derechas:
El Gobierno está empobreciedno a los mayores, a nuestros abuelos, a los pensionistas, a todas esas personas de avanzada edad que, muchas de ellas, son las que están soportando a miles de familias en este país. A esta subida hay que sumarles la subida del IVA, del IRPF, el copago farmaceútico y el medicamentazo. Jamás nadie había perjudicado más a nuestros mayores que lo que está haciendo el señor Rajoy.
Era el último compromiso que a Rajoy le quedaba por incumplir, la última mentira del último gran mentiroso de la política, que ha esperado que pasaran las últimas citas electorales para anunciar esta medida. Si esto no es cinismo político, que venga Dios y lo vea...
En estos tiempos de desidia política y de criticas por parte de la masa social de este país, es necesario recordar que hay diferencias entre el PP y el PSOE, y es que entre el 2004 y el 2010 el PSOE subió las pensiones mínimas en un 50%, y las pensiones medias en España un 40%. En enero del 2011 se subieron las no contributivas, las mínimas y las del SOVI de acuerdo con el IPC previsto, un 1%, congelando el resto de ellas, y en diciembre se actualizaron con el IPC, un 1,3%
El Gobierno del PP ahora quiere meter mano en la Bolsa de la Seguridad Social, un fondo que el PSOE encontro en 17.000 millones de euros y dejo en 67.000 millones de euros.
Ha este paso aun nos queda mucho que sufrir con la derecha más conservadora y antisocial de España, que ante esta crisis sigue dejando a la gran masa social, despreocupandose de ella y preocupandose más de lo que le dictan en Europa...
viernes, 30 de noviembre de 2012
Por qué el Gobierno Vasco justifica el abono de la paga extra
1.-SOBRE EL CARÁCTER BÁSICO O NO DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO LEY
El Artículo 2 del Real Decreto Ley 20/2012 establece con carácter imperativo que “en el año 2012 el personal del sector público verá reducida sus retribuciones en las cuantía que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes. Dicho precepto se dicta con carácter de básico al amparo de los artículos 149.1.13º y 18º y 156.º de la Constitución”.
El Gobierno Vasco, en Consejo del 24 de julio, estando disconforme con el contenido de varios artículos de este Real Decreto Ley, acordó interponer Recurso de Inconstitucionalidad, acudiendo previamente a la vía establecida en el apartado 2 del Artículo 33 de la Ley Reguladora del T. Constitucional, que permite intentar una “conciliación” previa con el Gobierno central antes de formalizar el recurso ante el Tribunal.
Los artículos 149.1.13º y 18º y 156 de la Constitución en los que se basa el Estado para dictar la norma son los relativos a las bases y coordinación de la planificación general de la economía y bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios, respectivamente, así como la limitación de la autonomía financiera de las comunidades autónomas por mor de los principios de coordinación con la Hacienda Estatal y de solidaridad entre todos los españoles.
A nuestro juicio, la supresión de la paga extraordinaria se sitúa extramuros de la competencia estatal por no respetar los límites que la JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL establece para la válida invocación de estos artículos mencionados.
Una norma básica para la función pública es la contenida en la Ley que regula el ESTATUTO BASICO DEL EMPLEADO PUBLICO (EBEP) y ésta sólo reconoce al Estado la posibilidad de cuantificar las retribuciones básicas de los funcionarios. Ello no obsta a una vigilancia eficaz del gasto público a través del control del incremento de la masa salarial, comprensiva del total de retribuciones, y sobre la que operan las Ley de Presupuestos Generales del Estado, que resultan vinculantes para todas las administraciones públicas. (Art. 21 del EBEP).
El Artículo 2 del Real Decreto Ley mencionado se ha excedido de las fronteras en las que ha de moverse el núcleo de lo básico, ya que convierte la paga extra en una suerte de retribución básica, mediante la simple prohibición de su percepción, suplantando a la Comunidad Autónoma en una regulación que solo le compete a ella.
El Tribunal Constitucional ha impedido, a través de múltiples sentencias, que se vacíen las competencias autonómicas estableciendo que los objetivos de política económica han de instrumentarse a través de, no a pesar de los sistemas de distribución de competencias, y además ha tenido oportunidad de trasladar esa doctrina a la concreta problemática, vinculada a la imposición de limites porcentuales a los incrementos retributivos de los empleados del sector público. La posición del Tribunal ha sido rotunda, imponiendo al Estado un mandato genérico referido al volumen total de las retribuciones de todo el personal, cuyo exceso, por referirse a la cuantía de una determinada retribución más allá de las básicas (salario base y trienios) y la supresión de un concreto concepto retributivo o su suspensión temporal, resultará materialmente inconstitucional, ya que situaría a la Comunidad Autónoma en una posición de mero ejecutor de la política retributiva que solo a ella corresponde adoptar.
En resumen: A día de hoy, el control del gasto de personal se lleva a cabo a través de los topes retributivos que se imponen sobre el conjunto de las retribuciones, y esto se establece en la LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO; si se supera este límite, la intervención del Estado se torna en ilegítima intromisión.
La supresión de la paga extraordinaria en los términos en que aparece formulada en el artículo 2 del R.D.L 20/2012 infringe el principio de autonomía financiera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reconocido en el Art. 156.1 de la Constitución, en relación con la autonomía política proclamada en los Artículos 2 y 137 de la Constitución.
2.- SOBRE LA CONCURRENCIA NORMATIVA QUE RESULTA DE LA APROBACION DEL RDL 20/2012
La Ley de Presupuestos del País Vasco actualmente en vigor, la 6/2011, de 23 de diciembre, establece que el personal al servicio de esta Comunidad Autónoma percibirá en junio y diciembre de 2012 una paga extraordinaria con los conceptos retributivos que allí se establecen. Esta prescripción es contraria a la establecida en el Art.. 2 del RDL que estamos debatiendo. Nos encontramos así, con dos normas válidas, dictadas por el respectivo titular de la competencia, y en ejercicio de ésta pero CONTRADICTORIAS, lo que nos obliga a estudiar que aplicación es preferente.
El Art. 149.3 de la Constitución establece que el derecho estatal será en todo caso supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas, y el Tribunal Constitucional ha señalado que:
1. La modificación de la legislación básica estatal no determina el desplazamiento o la perdida de eficacia de la norma autonómica, sino su inconstitucionalidad sobrevenida.
2. Es al Tribunal Constitucional a quien corresponde controlar de manera exclusiva y excluyente la constitucionalidad de las leyes autonómicas.
3. Los órganos integrantes del poder judicial no pueden inaplicar una ley autonómica sin plantear la cuestión de inconstitucionalidad, puesto que entrañaría una vulneración de los derechos fundamentales y de la tutela judicial.
En definitiva: La eventual inaplicación del contenido de nuestra Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2012 y la consiguiente aplicación directa del RDL estatal sería una decisión NO FUNDADA EN DERECHO y no tendría acomodo en el ordenamiento jurídico. Para que el Artículo 2 del Real Decreto Ley 20/2012 sea realmente eficaz es ineludible la interposición de una ley autonómica que expresa y formalmente determine la supresión de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre, modificando así lo dispuesto en el Art. 19.5 de la Ley 6/2011, actualmente en vigor.
